El grooming es el abuso sexual hacia niños, niñas y adolescentes a través de dispositivos electrónicos (computadoras, celulares, tablets, consolas de videojuegos). El atacante (groomer) chatea con una víctima y logra ganarse su confianza para tener fines sexuales, tales como el envío de fotos o videos íntimos. El groomer elabora lazos emocionales (de amistad o algo más), utilizando tácticas como la seducción, provocación o el envío de imágenes pornográficas, consiguiendo trasgredir la intimidad de su víctima y lograr que se desnude o cometa actos sexuales.
En primera instancia, se diferencia del ciberacoso, ya que estamos en presencia de abuso y no de acoso. El acoso comprende la manifestación del no consentimiento por parte de la víctima ante reiteradas peticiones de índole sexual. En cambio, el abuso es la incapacidad para consentir (no poder decir “sí” o “no”), ya sea por minoría de edad e inmadurez sexual (este caso), estado de inconsciencia (borrachera, sueño, drogas), bloqueo mental (miedo) o alguna discapacidad. En el acoso, hay un rechazo, mientras que, en el abuso, no puede haber rechazo, ya que la víctima no puede manifestar su no consentimiento. En el caso de menores de edad, no entienden qué está pasando, no saben que es malo o que es un delito, porque no se emplea violencia física o intimidación directa. Por lo tanto, hay un claro engaño y una manipulación (ingeniería social) para hacerles creer que “es un juego”, “no tiene nada de malo” o “te va a gustar”.
Es un delito contra la integridad sexual de una persona menor de edad en el que se utiliza la informática como medio para cometer el delito (artículo 131 del Código Penal Argentino). A diferencia de otros ciberataques donde se requiere cierto conocimiento técnico en computación o redes y el objetivo es atacar sistemas informáticos, el grooming puede ser cometido por cualquier persona de cualquier estrato social y el objetivo (blanco o target) no es una computadora, sino una persona. El delincuente puede no estar escolarizado, no saber leer ni escribir correctamente y ser de clase baja, sin que sea impedimento para abusar de una chica o de un chico desde su celular por cualquier red social (WhatsApp, Instagram, Facebook).
El grooming es delito en Argentina desde el 2013 y fue creado como la antesala para prevenir el abuso sexual físico, ya que hubo casos donde chicos y chicas se encontraban presencialmente con personas desconocidas con quienes habían hablado por internet, y resultaban ser personas adultas con fines de abusar sexualmente de ellos, incluso llegando a asesinarlos (caso Micaela Ortega).
Los groomers pueden ser conocidos o desconocidos por la víctima. Muchos aprovechan el anonimato que ofrece el ciberespacio y se crean perfiles falsos para hacerse pasar por personas de la edad de la víctima o quienes quieran. Muchos otros, son personas del círculo familiar o social de la víctima, tal como pasa en el abuso sexual presencial, lo que dificulta aún más que la víctima se anime a hablar y denunciarlo.
Según sus motivaciones, los groomers pueden actuar solos por una satisfacción sexual personal (son pedófilos), tener motivación económica y ser parte de una organización de MASI (material de abuso sexual contra las infancias – mal llamada “pornografía infantil”) o querer abusar sexualmente en persona.
Se genera un gran problema cuando el abusador amenaza a su víctima con difundir el material íntimo enviado por ella, exigiéndole así más material pornográfico. Es ahí cuando el abuso pasa a ser extorsión y la víctima comienza a desarrollar ciertos problemas psicológicos que la atormentan.
Conductas o signos de alerta en víctimas:
- Retraimiento y conductas regresivas (mojar la cama, chuparse el dedo). Miedos que antes no tenía;
- Problemas de sueño (miedo a dormir solo, pesadillas), enfermedades y dolencias frecuentes psicosomáticas (mareos, dolor de cabeza o estómago, diarrea sin fiebre o vómitos, sin que haya una explicación médica que lo justifique);
- Cambios en los hábitos de alimentación y de peso;
- Cambios en el estado de ánimo (de humor, desmotivación, desinterés, indiferencia, agresividad, tensión, apatía). Crisis de ansiedad, rabia, depresión, bloqueos mentales;
- Disminución o aumento brusco de relaciones sociales, tales como aislamiento, excesivas reservas en la comunicación o excesivas ganas de socializar. Abandona las actividades de ocio que antes realizaba o cambia bruscamente de actividades;
- Conductas autodestructivas o automutilaciones (se hace cortes o se golpea);
- Se esconde u oculta cuando se comunica por internet o celular;
- Trastornos de identidad sexual;
- Pérdida o deterioro de pertenencias físicas y/o,
- Alteraciones en el rendimiento escolar.
Cabe aclarar que estas conductas no son determinantes, no aparecen todas juntas y tienen compatibilidad con el abuso sexual físico.
Recomendaciones y prevención:
- La comunicación es la mejor forma de prevenir. Darle confianza para hablar de lo que sea;
- Explicarles los riesgos que implica usar Internet, haciendo hincapié en la importancia de no brindar datos personales a desconocidos, de no enviar fotos ni vídeos íntimos, no aceptar desconocidos en redes sociales y evitar el sharetering;
- Aprender sobre las nuevas tecnologías y aplicaciones para saber en qué actividades se encuentran las infancias y a qué peligros se enfrentan;
- Permitir que usen los dispositivos electrónicos en lugares de tránsito o visibles y evitar que chateen a puerta cerrada;
- Establecer normas de uso y horarios. A partir de las 22 horas se incrementa el número de usuarios y aumenta el riesgo y;
- Llevar un seguimiento sobre las páginas que visitan, con quién hablan y sobre qué temas (hablando con ellos y preguntando).
En caso de tener una víctima:
- Hacerle entender que no tenga vergüenza y culpa; y que la culpa la tuvo el delincuente. Las víctimas callan por culpa, al no haberse dado cuenta antes de que fueron engañadas y manipuladas.
- Contactar con la policía, fiscalía o con organizaciones de protección de niños, niñas y adolescentes.
Para denunciar:
- No borrar ninguna conversación ni contenido compartido;
- Realizar capturas de pantalla y guardarlas en otro dispositivo;
- No bloquear ni escrachar al groomer;
- No reportar el perfil o la cuenta y;
- No hacerse pasar por la víctima o por un niño o niña.
Para finalizar, recordemos que, por más que haya consentimiento de la víctima en enviar fotos o videos desnuda, sigue siendo un delito y se menoscaba su integridad sexual. Por otro lado, es muy frecuente el sexting a partir de la adolescencia, que es una práctica consensuada de enviar fotos y videos íntimos; lo cual genera un riesgo de exponer la intimidad hacia otra persona y que luego se difunda ese material. Lo ideal es hablar con las personas para que, en el caso de querer hacerlo, evitar ser identificables por una foto o un video, como no mostrar rostro, lunares, tatuajes, cicatrices u otra característica que nos distinga.
